PERROS POTENCIALMENTE PELIGROSOS
Hay determinadas razas caninas que son consideradas por la
legislación vigente como perros potencialmente peligrosos, así como
determinados perros que tienen ciertas características, que sin pertenecer a
una raza concreta, son considerados de igual modo como potencialmente
peligrosos.
Las
razas consideradas potencialmente peligrosas son:
PITT BULL TERRIER |
STAFFORDSHIRE BULL TERRIER |
AMERICAN STAFFODSHIRE TERRIER |
ROTTWEILER |
DOGO ARGENTINO |
FILA BRASILEIRO |
TOSA INU |
AKITA INU |
También se consideran
potencialmente peligrosos los perros que tengan todas o la mayoría de las
siguientes características:
1.- Fuerte musculatura, aspecto
poderoso, robusto, configuración atlética, agilidad, vigor y resistencia.
2.- Marcado carácter y gran valor.
3.- Pelo corto.
4.- Perímetro toráxico entre 60-80
cm, altura a la cruz entre 50-70 cm, peso superior a 20 kg.
5.- Cabeza voluminosa, cuboide,
robusta, con cráneo ancho y grande y mejillas musculosas y abombadas.
Mandíbulas grandes y fuertes, boca robusta, ancha y profunda.
6.- Cuello ancho, musculoso y
corto.
7.- Pecho macizo, ancho, grande,
profundo, costillas arqueadas, lomo musculado y corto.
8.- Extremidades anteriores
paralelas, rectas y robustas y extremidades posteriores muy musculosas, con
patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
Aunque no estén incluidos
anteriormente, también serán considerados potencialmente peligrosos los que
tengan carácter marcadamente agresivo o hayan agredido a personas o a otros
animales.
LICENCIA PARA LA TENENCIA
Para tener un perro de los
considerados como potencialmente peligrosos, hay que cumplir los siguientes
requisitos:
-
Ser mayor de edad.
-
No haber sido condenado por delitos de homicidio, lesiones,
torturas, contra la libertad o integridad moral, libertad sexual y salud
pública, asociación a banda armada o de narcotráfico, así como no estar privado
por resolución judicial del derecho a la tenencia de animales potencialmente
peligrosos.
-
No haber sido sancionado por las siguientes infracciones
administrativas muy graves:
o Abandono de
animal potencialmente peligroso.
o Tenencia,
venta o transmisión de animales potencialmente peligrosos sin licencia.
o Adiestrar
animales para activar su agresividad o para finalidades prohibidas.
o Adiestrar
animales potencialmente peligrosos para quien carezca del certificado de
capacitación.
o Organizar o
celebrar concursos, ejercicios, exhibiciones o espectáculos de animales
potencialmente peligrosos para demostrar su agresividad.
-
No haber sido sancionado por las siguiente infracciones
administrativas graves:
o Dejar
suelto un animal potencialmente peligros o no haber adoptado medidas para
evitar su escapada o extravío.
o Incumplir
la obligación de la identificación.
o Omitir la
inscripción en el Registro.
o Hallarse el
animal en lugares públicos sin bozal o sin cadena.
o El
transporte con vulneración de las normas de bienestar animal.
o La negativa
o resistencia a dar datos o información a las autoridades competentes, o dar
información inexacta o documentación falta.
-
Tener capacidad física y aptitud psicológica para tener
animales potencialmente peligrosos
(acreditación mediante certificado).
-
Tener un seguro de responsabilidad civil por daños a
terceros con una cobertura no inferior a 120.000€ (acreditación mediante
certificado).
La licencia será otorgada o
renovada, a petición del interesado, por órgano municipal competente. Tendrá
una validez de 5 años renovables por periodos sucesivos de igual duración.
Perderá su vigencia cuando el titular deje de cumplir los requisitos
anteriores. Las variaciones de los datos deberán comunicarse en 15 días desde
que se produzcan al órgano competente municipal.
CERTIFICADOS: Capacidad física y
aptitud psicológica (duración 1 año).
Certificado de capacidad física.
-
Tener las condiciones físicas precisas para dar los cuidados
necesarios al animal y garantizar su adecuado manejo, mantenimiento y dominio.
-
Acreditar la capacidad física mediante certificado de
capacidad física para la tenencia de animales potencialmente peligrosos,
expedido una vez superadas las pruebas necesarias para comprobar que no hay
enfermedad o deficiencia alguna (orgánica o funcional) que pueda suponer
incapacidad física asociada con: capacidad visual, sistema locomotor, sistema
neurológico, dificultades perceptivo-motoras o de toma de decisiones u otras
afecciones, trastornos o problemas que supongan incapacidad física para
garantizar el adecuado dominio del animal.
Certificado de aptitud psicológica.
Se expedirá tras superar las pruebas necesarias para
comprobar que no hay enfermedad o deficiencia alguna que suponga incapacidad
psíquica o psicológica, o cualquier otra limitativa del discernimiento,
asociada con: trastornos mentales y de conducta, dificultades psíquicas de
evaluación, percepción, toma de decisiones, problemas de personalidad u otra
afección, trastorno o problema que limite el pleno ejercicio de las facultades
mentales precisas para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
MEDIDAS DE SEGURIDAD.
Para llevar estos perros a lugares o espacios públicos, hay
que adoptar las siguientes medidas:
-
Llevar la licencia administrativa y la certificación
acreditativa de inscripción en el Registro Municipal.
-
Ponerle un bozal apropiado a la raza.
-
Conducir y controlar al animal con cadena o correa no
extensible de menos de 2 metros. No se pueden llevar más de uno de estos perros
por persona.
Para los alojamientos (finca, casa de campo, chalet,
parcela, terraza, patio o lugar delimitado): tienen que estar atados, salvo que
haya un habitáculo de superficie, altura y adecuado cerramiento.
Criadores, adiestradotes y comerciantes: disponer de
instalaciones y medios adecuados para su tenencia.
Sustración o pérdida: En dichos casos, comunicar al Registro
Municipal de animales potencialmente peligrosos en el plazo máximo de 48 horas
desde el hecho.
IDENTIFICACIÓN.
Como en todos los casos, con microchip.
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